Solicita la Reagrupación Familiar 100% Online
Trae a tu familia a España sin esperas innecesarias. Tramitamos tu solicitud de forma telemática en cualquier provincia del país.
Sabemos que estar lejos de tus seres queridos es difícil. Por eso, en LRJ Abogados agilizamos el proceso para que os reunáis cuanto antes. Olvídate de conseguir cita previa en la oficina de extranjería de tu ciudad. Gracias a nuestra certificación profesional, presentamos tu expediente directamente a través de la plataforma digital del Ministerio (Mercurio/Red Abogacía), vivas donde vivas.
Tu trámite en 3 Pasos Sencillos
Nos encargamos de la burocracia en España para que tú solo tengas que esperar la resolución favorable:
-
Estudio de Viabilidad: Antes de nada, revisamos tu documentación (NIE, contrato de trabajo, nóminas y empadronamiento) para asegurarnos de que cumples con los medios económicos exigidos. Esto evita denegaciones futuras.
-
Preparación del Expediente: Te guiamos para obtener el Informe de Adecuación de Vivienda y organizamos toda la documentación legal de tus familiares (actas de nacimiento o matrimonio apostilladas).
-
Presentación Telemática: Registramos la solicitud telemáticamente el mismo día que tenemos todo listo. Al hacerlo online y como abogados, el expediente queda registrado al instante y puedes seguir su estado en tiempo real.
¿A quién puedes reagrupar por internet?
La normativa permite traer a tus familiares directos si tienes residencia legal en España (generalmente tras 1 año de residencia y teniendo autorización para otro año más):
-
Cónyuge o Pareja de Hecho: Tu marido, mujer o pareja registrada, siempre que la relación sea estable.
-
Hijos (Tuyos o de tu cónyuge): Menores de 18 años o mayores con discapacidad que no sean objetivamente capaces de proveer a sus propias necesidades.
-
Ascendientes (Padres/Suegros): Generalmente mayores de 65 años, cuando estén a tu cargo y existan razones humanitarias que justifiquen la necesidad de vivir en España (requiere Larga Duración del reagrupante).
Requisitos Clave: Vivienda y Dinero
Para que Extranjería apruebe la solicitud, debemos demostrar dos cosas fundamentales. Nosotros te ayudamos a calcularlo:
-
Medios Económicos: Debes probar que tienes ingresos suficientes para mantener a la familia (generalmente basado en un porcentaje del IPREM según el número de familiares).
-
Vivienda Adecuada: Necesitarás el informe de tu Ayuntamiento o Comunidad Autónoma que certifique que tu casa tiene las condiciones de habitabilidad para las personas que van a vivir en ella.
Preguntas Frecuentes
¿Puedo solicitarlo si vivo en Barcelona, Madrid o Valencia? Sí. Al ser un despacho digital colegiado, nuestra firma electrónica es válida en todas las Oficinas de Extranjería de España. No importa dónde estés empadronado, nosotros lo presentamos por la sede electrónica.
Una vez aprobado, ¿qué tiene que hacer mi familiar? Nosotros gestionamos la autorización de residencia aquí en España. Una vez obtenemos la resolución favorable, se la enviamos a tu familiar para que vaya al Consulado de España en su país a recoger el visado de entrada.
¿Cuánto tiempo tarda? La presentación telemática suele agilizar los plazos respecto a la presencial. Aunque depende de cada Oficina de Extranjería, al evitar el tiempo de espera de la "cita previa", ganamos semanas o meses al proceso.
Reúne a tu familia sin arriesgarte a una denegación
La reagrupación es un proceso estricto con los requisitos económicos. Déjalo en manos de expertos para asegurar el "Sí" de la administración.