HERENCIAS CON PROPIEDADES EN EL EXTRANJERO, ¿COMO SE GESTIONAN DESDE ESPAÑA?
- laurailleras
- 24 abr
- 1 Min. de lectura

Es cada vez más común que una persona fallezca dejando bienes en distintos países. En estos casos, surgen muchas dudas sobre qué pasos seguir desde España, especialmente cuando los herederos residen aquí y parte del patrimonio está en el extranjero.
Desde 2015, el Reglamento Europeo de Sucesiones establece que, salvo que se indique lo contrario en el testamento, se aplica la ley del país en el que el fallecido tenía su residencia habitual. Esto puede implicar que, aunque existan bienes en otro país, la ley española sea la que rija toda la herencia.
Para gestionar una herencia con bienes fuera de España se necesita:
-Certificado de defunción y, en su caso, de últimas voluntades.
-Testamento (con traducción jurada si está en otro idioma).
-Documentación de los bienes en el extranjero.
-Valoración actualizada de los bienes.
-Documentación de los herederos.
-Poder notarial, si se actúa por representación.
En cuanto a impuestos, puede ser necesario tributar tanto en el país donde se encuentra el bien como en España, si el heredero reside aquí. Para evitar la doble imposición, se aplican convenios internacionales o deducciones.
En LRJ Abogados, despacho ubicado en Vera y con experiencia en herencias internacionales en localidades como Mojácar, Garrucha, Turre, Los Gallardos, Bédar y Valle del Este, ofrecemos asesoramiento completo para este tipo de trámites: análisis legal, coordinación con profesionales en el extranjero, gestión documental y fiscal, y representación legal si el heredero no puede desplazarse.
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